- Precio
- La apertura con IVA y desplazamiento en tu zona, los recargos de noche y festivo escritos y, cuando depende de la puerta, cómo se calcula y que lo das por escrito antes de empezar.
- Un «apertura desde 30 €» al que luego se suman la salida, la noche y el IVA, o «precios económicos» sin una sola cifra.
- El precio anunciado tiene que ser el final, con impuestos y con los gastos que se añaden; si no puede fijarse, hay que dar la base de cálculo (artículo 20.1.c de la Ley General para la Defensa de los Consumidores). Engañar sobre el precio o su modo de fijación es desleal (artículo 5.1.e de la Ley 3/1991).
- 24 horas
- El horario que cubres, con las noches que sí atiendes y su recargo, y el aviso de si coges el teléfono ahora.
- «Cerrajeros 24 horas, 365 días» cuando de noche no lo coge nadie, o lo coge una centralita que no es tuya.
- Engañar sobre la disponibilidad o la ejecución del servicio es una práctica engañosa (artículo 5.1.b de la Ley 3/1991).
- Tiempo de llegada
- «De 20 a 40 minutos en estos barrios», con los barrios, y lo que se tarda fuera de ellos.
- «En 15 minutos en cualquier punto de la provincia».
- Es la misma disponibilidad del servicio (artículo 5.1.b de la Ley 3/1991), y el cliente la comprueba con el reloj en la mano.
- Dónde estás
- La dirección de tu taller o tu tienda, o la zona en la que trabajas si no tienes local abierto al público.
- Una página por cada barrio o pueblo con «cerrajero en [barrio]» y una dirección que no es tuya.
- Aparentar estar donde no se está es engañoso sobre la situación del negocio (artículo 5.1.g de la Ley 3/1991), y la web tiene que dar tu domicilio (artículo 10.1 de la Ley 34/2002).
- Sin romper
- «Abrimos sin romper siempre que la cerradura lo permite», y qué pasa cuando no.
- «Abrimos cualquier puerta sin dañarla», también la acorazada con la cerradura rota.
- Prometer un resultado que no depende de ti induce a error sobre los resultados del servicio (artículo 5.1.b de la Ley 3/1991).
- Opiniones
- Las opiniones de tu ficha de Google, enlazadas, con su origen y diciendo si se comprueba que son de clientes.
- Opiniones escritas por conocidos o a cambio de un descuento, o solo las de cinco estrellas.
- Quien enseña opiniones tiene que decir si comprueba que son de clientes reales y cómo (artículo 20.4 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores), y las falsas son una práctica engañosa (artículo 27.8 de la Ley 3/1991).