- Precios
- El «desde» de cada tratamiento con lo que incluye, la financiación con sus condiciones y el aviso de que el presupuesto se da por escrito.
- El precio de una parte presentado como el todo, o un precio que luego no se aplica.
- Es publicidad engañosa, y el código deontológico pide una publicidad veraz y transparente.
- Resultados
- En qué consiste el tratamiento, cuánto dura, qué cuidados pide y para quién no está indicado.
- «Sonrisa perfecta garantizada», «para toda la vida», «sin dolor».
- El código deontológico prohíbe la publicidad que dé lugar a falsas esperanzas, y la publicidad sanitaria se controla para que sea veraz (artículo 27 de la Ley General de Sanidad).
- Títulos
- El título oficial de cada dentista, su número de colegiado y la formación que tiene, nombrada como es.
- «Especialista en» sin el título que lo respalde, o un curso presentado como si fuera oficial.
- Solo se anuncian los títulos que se tienen y reconoce la normativa.
- Casos y fotos
- Casos reales de la clínica, con autorización escrita del paciente o sin que se le reconozca, sin retoques, para explicar el tratamiento.
- Fotos de banco presentadas como pacientes o como el equipo, y casos usados como garantía de resultado.
- El código considera contraria a la ética la explotación publicitaria de un éxito, y la foto de una boca es un dato de salud.
- Opiniones
- Las reseñas de Google de pacientes reales, enlazadas a la ficha.
- Reseñas compradas, inventadas o pedidas a cambio de un descuento.
- Engañan al paciente, van contra las normas de Google, que puede retirarlas, y la publicidad debe ser veraz.