- Precio
- La salida con su primera media hora, el precio de cada media hora más, los recargos escritos y el material aparte con su precio; en lo que no se puede cerrar, cómo se calcula.
- Un «fontanero desde 30 €» al que luego se suman la salida, la hora entera, la noche y el IVA.
- El precio anunciado tiene que ser el final, con impuestos y con los gastos que se añaden; si no puede fijarse, hay que dar la base de cálculo (artículo 20.1.c de la Ley General para la Defensa de los Consumidores). Engañar sobre el precio o su modo de fijación es desleal (artículo 5.1.e de la Ley 3/1991).
- 24 horas
- El horario que cubres, con las noches que sí atiendes y su recargo, y el aviso de si coges el teléfono ahora.
- «Fontaneros 24 horas, 365 días» cuando de noche no lo coge nadie, o «en 20 minutos en toda la provincia».
- Engañar sobre la disponibilidad o la ejecución del servicio es una práctica engañosa (artículo 5.1.b de la Ley 3/1991).
- Habilitado
- «Empresa instaladora de instalaciones térmicas y de gas», con el número de tu declaración responsable, si lo eres.
- «Instaladores autorizados» o «certificados» sin serlo, o el calentador de gas anunciado por quien no está habilitado para montarlo.
- Afirmar sin ser cierto que un profesional está aprobado o autorizado por un organismo es engañoso (artículo 21.1.c de la Ley 3/1991), y engañar sobre sus cualificaciones también (5.1.g).
- Marcas de calderas
- «Instalamos y reparamos calderas de estas marcas», con el nombre en texto, y «servicio técnico oficial» solo si la marca te ha nombrado.
- «Servicio técnico oficial» de una marca que no te ha nombrado, o su logotipo en la cabecera como si fuera tuyo.
- Crear confusión con la marca de otro o dar a entender una aprobación que no existe es desleal (artículos 20 y 21.1.c de la Ley 3/1991).
- El gas
- Que haces la inspección periódica de cada cinco años como empresa instaladora, con tu nombre y tu precio, y que el cliente elige con quién la hace.
- Una «revisión obligatoria del gas» que parece de la compañía, con urgencia y cobro en la puerta.
- La inspección de cada cinco años la pueden hacer las instaladoras habilitadas o la distribuidora (ITC-ICG 07, apartado 4.1). Engañar sobre quién eres o sobre la necesidad de un servicio es desleal (artículos 5.1.f y 5.1.g de la Ley 3/1991).
- Opiniones
- Las opiniones de tu ficha de Google, enlazadas, con su origen y diciendo si se comprueba que son de clientes.
- Opiniones escritas por conocidos o a cambio de un descuento, o solo las de cinco estrellas.
- Quien enseña opiniones tiene que decir si comprueba que son de clientes reales y cómo (artículo 20.4 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores), y las falsas son una práctica engañosa (artículo 27.8 de la Ley 3/1991).