- Precio
- El precio con IVA de lo que tiene precio fijo, y para lo demás cómo se calcula: las piezas de cada modelo a su precio y las horas por la hora de mano de obra.
- Un «cambio de aceite 39 €» al que luego se suman el filtro, el IVA y los residuos, o «precios económicos» sin una sola cifra.
- Cuando fijas un precio de antemano, tiene que ser el completo, con impuestos (artículo 22.2.g de la Ley 17/2009). Cuando no puede fijarse, hay que dar la base de cálculo (artículo 20.1.c de la Ley General para la Defensa de los Consumidores).
- Marcas
- «Taller independiente: reparamos y mantenemos Seat, Volkswagen y Toyota, también híbridos», dicho con texto.
- «Servicio oficial», «especialistas oficiales» o los logotipos de las marcas como si el taller estuviera vinculado a ellas, si no lo está.
- Nombrar una marca para decir a qué se destina tu servicio está permitido si se hace con lealtad (artículo 37.1.c de la Ley de Marcas). Un taller que no es oficial no puede usar referencias a marcas que hagan creer que lo es (artículo 8 del Real Decreto 1457/1986), y crear esa confusión es desleal (artículo 20 de la Ley 3/1991).
- Presupuesto
- Un precio orientativo en la web y el presupuesto por escrito en el taller, antes de reparar, con su validez.
- «Presupuesto al momento por WhatsApp» como si fuera el definitivo, o empezar a reparar sin que el cliente lo haya aceptado.
- El presupuesto escrito lleva el desglose, la fecha de entrega, una validez mínima de 12 días hábiles y la firma de los dos, y sin él aceptado o renunciado no se repara (artículo 14 del Real Decreto 1457/1986).
- Garantía
- La garantía legal de tres meses o 2.000 km dicha como lo que es, y lo que des además: más plazo, la del fabricante de la pieza, el coche de sustitución.
- «¡Con nosotros, tres meses de garantía!» como si fuera una ventaja del taller.
- Toda reparación tiene esa garantía por ley (artículo 16.2 del Real Decreto 1457/1986), y presentar un derecho legal como característica de tu oferta es una práctica engañosa (artículo 27.1 de la Ley 3/1991).
- Revisiones
- Una revisión o una pre-ITV con lo que incluye, y el aviso de lo que haya que cambiar, con su precio, para que el cliente decida.
- La «revisión gratis» que siempre encuentra algo, o meter miedo con averías que el coche no tiene.
- Engañar sobre la necesidad de una reparación o de una pieza es un acto de engaño (artículo 5.1.f de la Ley 3/1991), y el taller no puede sustituir piezas innecesarias (artículo 9.7 del Real Decreto 1457/1986).
- Opiniones
- Las opiniones de tu ficha de Google, enlazadas, con su origen y diciendo si se comprueba que son de clientes.
- Opiniones escritas por conocidos o a cambio de un descuento en la próxima revisión, o solo las de cinco estrellas.
- Quien enseña opiniones tiene que decir si comprueba que son de clientes reales y cómo (artículo 20.4 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores), y las falsas son una práctica engañosa (artículo 27.8 de la Ley 3/1991).